www.eleconomista.es/empresas-finanzas/no...es-precipitados.html
El varapalo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tjue) a la normativa española sobre ejecuciones hipotecarias ha abierto un resquicio a la interpretación judicial sobre el que alerta la banca.
"Insistimos en dar una urgente solución legislativa para evitar vacíos legales y/o pronunciamientos judiciales precipitados y contradictorios", invocó ayer la Asociación Hipotecaria Española (AHE). La banca teme fallos judiciales antagónicos o incompatibles "generadores de inseguridad jurídica" que dinamiten la confianza de los inversores en un mercado, el hipotecario, que se financia de forma preferente con la colocación de deuda en el exterior.
El Tribunal de Luxemburgo resolvió el pasado día 14 que la normativa española lesiona la comunitaria al no evitar que el afectado por un desahucio logre paralizar el proceso de ejecución hipotecario mientras otro juez dirime si su préstamo incluía cláusulas abusivas. Según la justicia europea, no basta con indemnizarle si, a posteriori, le dan la razón sobre la existencia de cláusulas injustas cuando su casa ha sido embargada, por lo que abre la vía a que los jueces decidan qué hacer de encontrarse en una situación así.
El Gobierno se ha comprometido a adaptar la regulación española al fallo del Tjue. Podría ocurrir en la ley sobre deudores hipotecarios y moratoria en desalojos aprobada por el Gobierno o en la iniciativa popular (IPL) para la dación en pago, actualmente en tramitación en el Congreso; o bien a través de una normativa urgente y diferente para agilizar la adecuación.
A falta de una "guía", el Consejo General del Notariado ha trasladado a los casi 3.000 notarios que suspendan cualquier ejecución hipotecaria extrajudicial promovida por un banco, si el deudor acredita la admisión a trámite de su denuncia por supuestas cláusulas abusivas, informó Ep. Los procesos extrajudiciales se han reducido fuertemente desde que se puso fin a la práctica de quedarse los pisos a precios irrisorios, impidiendo la adjudicación por debajo del 70 por ciento del valor de tasación si el postor era la propia entidad financiera. Pero esta decisión evidencia la confusión actual. Los notarios también reclaman cambios legales que les otorguen competencias decisorias. La legislación vigente les permite excluir solo las condiciones declaradas abusivas por ley o sentencia.
Para la AHE, la solución pasa por cambiar la Ley de Enjuiciamiento Civil con celeridad e incluir la existencia de cláusulas abusivas entre los motivos que puede alegar el hipotecado para paralizar el desahucio y embargo de su vivienda. Una regulación así permitiría al juez, al frente de proceso ejecutivo, dejarlo en stand by mientras se dilucida la extralimitación o no de las condiciones del préstamo. El Tjue deja abierta la resolución, permitiéndo dicha solución o que sea el tribunal que analiza las claúsulas el que el congele el proceso.
La AHE recordó que el tribunal europeo no juzga el carácter abusivo de ninguna cláusula en particular y aseguró que el alcance real es "limitado". "Nuestros procedimientos de formalización, registro y ejecución de los contratos dan garantía y confianza en las actuaciones", subrayó. El Gobierno va a limitar los tipos de demora y ampliar de un mes a tres los que deben transcurrir con impago antes de que pueda iniciarse un proceso ejecutivo.