Hola foreros!
Simplemente quisiera saber si por ejemplo yo este año he estado todo el año en el paro y sin cobrar ninguna prestacion por desempleo y me abro una cuenta vivienda ¿tendré derecho a recibir el 15% de por ejemplo el tope de 9015€ o por el contrario al no retenerme nada hacienda,ya que no he trabajado en todo el año y no he cobrado nada por desempleo,no me pueden devolver nada por la cuenta vivienda?
¿solo devuelven en funcion del IRPF que me hayan retenido?
Si fuese este otro caso de trabajar por ejemplo todo el año y el total retenido mediante el IRPF fuese 700€, si yo abro la cuenta vivienda este año con 9015€,lo máximo, ¿el año que viene me tendrian que devolver 1352€ (el 15% de 9015€), o por el contrario como sólo me han retenido 700€, ese es el máximo que me puden devolver?
Nose como funciona todo esto, os agradeceria una ayuda
Muchas Gracias!!!