tucapital.es escribió:
Es lo mismo. Da igual, si es simultáneo, si es seguido, si es separado, incluso si es la misma empresa o diferentes empresas, como si un trabajo estuviera en el extranjero y otro en España.
Pagará lo que tenga que pagar por la totalidad de sus ingresos, como los que tienen sólo 1 contrato.
Si le toca pagar en la declaración de la renta es porque previamente no le ha retenido lo que le corresponde como he indicado en el post anterior.
Existe un mantra sobre que cuando empiezas es una nueva empresa o cambias de contrato con dos pagadores en un mismo ejercicio fiscal y bajo las condiciones expuestas en post anteriores, te retienen muy poco, que es que lo que hace que tengas que pagar en la declaración del IRPF, pero eso no es siempre así.
En casos que conozco, han subrogado las nuevas empresas a trabajadores con las mismas condiciones de salario y retenciones que la anterior, y ese año ha habido que pagar si o si, mientras que el siguiente con un solo pagador todo lo contrario.
S2