tucapital.es escribió:
Efectivamente, si te vas voluntariamente no lo puedes cobrar hasta que encuentres otro empleo y cotices durante un tiempo... el tiempo que pasa entre 1 trabajo y otro lo pierdes, ya que sólo contabiliza el tiempo cotizado durante los últimos 6 años.
La excedencia es una forma de tocar las narices a la empresa que incluso pudiera tomar represarias como despedirte... que en tu casa sería un regalo
Salu2.
uy aqui me lias un poco. El tiempo entre cada trabajo lo pierdo... a ver, yo llevo digamos 1 año trabajando, me corresponden 4 meses de paro. Si me voy, y encuentro un trabajo dentro de 1 año, entonces no cobro nada? porque si me pertenecian 4 meses y he tardao 1 año en encontrar curro....
segun tengo entendido tu al despedirte del 2º trabajo, cobras el paro acumulado del 1º (no empezaste a cobrarlo nunca porque te fuiste voluntariamente), por tanto si digamos en el 2º trabajo me tiro otro año me corresponden 4 meses de ese empleo, que supuestamente cobraré despues de cobrar los 4 meses del primer trabajo
no se si me he explicado.