Re: Borrador renta 2012 hace 11 Años, 6 Meses
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andreseljedi escribió:
Gil escribió:
cdelvalle escribió:
muchas gracias, si lo llego a saber me apunto 15 mas tarde al paro, hay que jod...!!
Cuando hay dos pagadores y entre los dos suman mas de 11.200 y pico euros te toca pagar y si no sobrepasa ese limite no tendrias obligacion de hacer la declaracion.
Eso es lo que yo tengo entendido.
Cuando se cobra el paro habiendo cobrado también de otro pagador suele salir a pagar bastante, porque el paro no lleva retención.
Lo de tener 2 pagadores es algo que nunnca he entendido, porque uno que gana 20.000€ tienen que hacerla y otro con 2 pagadores de 10.000€ si.
El que gana 20k tiene que hacer la declaración y el que tiene dos pagadores de 10k creo que no, el límite es 11 y pico como bien dices.
El quid de la cuestión es que el que trabaja para un sólo pagador "generalmente" tiene un IRPF mas o menos estable a lo largo del año, unas retenciones que se ajustan a ingresos. El que tiene dos pagadores sin embargo, las retenciones fluctuan mucho y para hacienda hay mas riesgo de desfalco, ni mas ni menos. Cuando llevas unos meses cobrando el IRPF está mas o menos estable en la nómina pero cuando empiezas a trabajar el IRPF es muy bajo.
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Vriesia
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A largo plazo... todos muertos (keynes).
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Re: Borrador renta 2012 hace 11 Años, 6 Meses
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andreseljedi escribió:
Gil escribió:
cdelvalle escribió:
muchas gracias, si lo llego a saber me apunto 15 mas tarde al paro, hay que jod...!!
Cuando hay dos pagadores y entre los dos suman mas de 11.200 y pico euros te toca pagar y si no sobrepasa ese limite no tendrias obligacion de hacer la declaracion.
Eso es lo que yo tengo entendido.
Cuando se cobra el paro habiendo cobrado también de otro pagador suele salir a pagar bastante, porque el paro no lleva retención.
Lo de tener 2 pagadores es algo que nunnca he entendido, porque uno que gana 20.000€ tienen que hacerla y otro con 2 pagadores de 10.000€ si.
NO, 10.000 no, creo que son 11.200 y pico, segun me dijeron el lunes en hacienta
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Gil
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Re: Borrador renta 2012 hace 11 Años, 6 Meses
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Buenas.
El problema de tener varios pagadores es que la escala de retenciones va en base a lo que cada pagador tiene previsto ingresarte anualmente.
Si sólo hay un pagador tiene que ajustarse a las tablas de Hacienday cuadra bastante bien. Lo comido por lo servido y quedas a cero habitualmente.
Cuando hay varios pagadores, cada uno calcula la retención se gún lo que paga él, y te aplican un tanto por ciento muy bajo (sobre el 2 %), pero al sumar todos los pagadores siempre te sale que te tenían que haber descontado más y al no hacerlo.......te toca a ti ingresarlo a través de la Declaración de la Renta.
Conclusión: crees que cobras algo decente, pero no cuentas con papá Hacienda que quiere su parte del pastel. Y hay que dárselo, que ese no pasa hambre nunca.
Saludos.
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CUBA_LIBRE
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Re: Borrador renta 2012 hace 11 Años, 6 Meses
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Gil escribió:
andreseljedi escribió:
Gil escribió:
cdelvalle escribió:
muchas gracias, si lo llego a saber me apunto 15 mas tarde al paro, hay que jod...!!
Cuando hay dos pagadores y entre los dos suman mas de 11.200 y pico euros te toca pagar y si no sobrepasa ese limite no tendrias obligacion de hacer la declaracion.
Eso es lo que yo tengo entendido.
Cuando se cobra el paro habiendo cobrado también de otro pagador suele salir a pagar bastante, porque el paro no lleva retención.
Lo de tener 2 pagadores es algo que nunnca he entendido, porque uno que gana 20.000€ tienen que hacerla y otro con 2 pagadores de 10.000€ si.
NO, 10.000 no, creo que son 11.200 y pico, segun me dijeron el lunes en hacienta
Es que me he explicado mal.
Lo de tener 2 pagadores es algo que nunca he entendido, porque uno que gana 20.000€ NO tiene obligación de hacerla y otro con 2 pagadores que haya ganado 12000€ si.
Es obligatirio cuando los Rendimientos del Trabajo superiores a 22.000 €/anuales con un único trabajdor o cuando Rendimientos del Trabajo superiores a > 11.200 €/anuales con más de un pagador, cuando el segundo o restantes más de 1.500 €/anuales.
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Re: Borrador renta 2012 hace 11 Años, 6 Meses
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tucapital.es escribió:
Os dejo un post con todas las condiciones para estar exentos:
- www.preguntasfrecuentes.net/2012/04/11/q...que-se-hace-en-2012/
Salu2.
Gracias capi, hay lo esplica muy bien. Andres tiene razon, si tienes un solo pagador de menos de 22000 y sale a pagar no la haces y si si tienes mas pagadores por mas de 11200 y sale a pagar te toca hacerla si o si.
Ciertamente no es justo.
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Gil
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Re: Borrador renta 2012 hace 11 Años, 6 Meses
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Pido consejo;
Por fín he terminado el borrador de hacienda, he declarado como cuenta ahorro vivienda una cuenta de ING, y como resultado final me sale a devolver bastante cantidad.
Me recomendais que la lleve a que alguien me la haga?
Si la he hecho mal me penalizarán?
Otra cosa,
alguien puede resumir un poco las condiciones de la cuenta ahorro vivienda ahora? y de la cuenta ahorro empresa?, estoy pensando en declarar una.
Gracias.
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Vriesia
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A largo plazo... todos muertos (keynes).
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Re: Borrador renta 2012 hace 11 Años, 6 Meses
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Si lo has hecho mal, te sancionarán si revisan tu declaración.
¿Te conviene pedir ayuda? eso lo tienes que valorar tú, si crees que has hecho bien ti declaración o no.
La cuenta de ahorro es una cuenta independiente y sin imposiciones que has de invertir en la compra de una vivienda en el plazo de 4 años.
En cuanto a la cuenta empresa, es similar pero sirve para constituir una empresa en el plazo de 4 años.
Requisitos:
- El saldo de la cuenta ahorro nueva empresa debe destinarse a la suscripción como
socio fundador de las participaciones de la sociedad Nueva Empresa.
- Los citados fondos, en el plazo máximo de un año deberán destinarse a:
a) La adquisición de inmovilizado material e inmaterial exclusivamente afecto a la
actividad.
b) Gastos de constitución y de primer establecimiento.
c) Gastos de personal empleado con contrato.
d) En todo caso, la Nueva Empresa deberá tener un local exclusivamente destinado a
llevar la gestión de su actividad y una persona empleada con contrato laboral y a
jornada completa.
e) La Nueva Empresa no cumplirá estos requisitos cuando anteriormente se
hubiera ejercido la misma o idéntica actividad bajo otra titularidad.
Cada contribuyente sólo tiene derecho a la deducción por la primera sociedad
Nueva Empresa que constituya.
La base máxima de deducción podrá llegar hasta 9.000 euros anuales y estará
constituida por las cantidades depositadas en cada periodo impositivo hasta la fecha
de suscripción de las participaciones de la Sociedad Nueva Empresa.
El porcentaje de deducción aplicable a la base es el 15%.
Salu2.
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